Beijing exige a las empresas chinas en el extranjero a cumplir sus leyes por sobre las normativas de cada país

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Mediante el decreto 835, el régimen conducido por Xi Jinping obliga a instituciones y ciudadanos chinos en el exterior a alinearse con la Lucha contra la Jurisdicción Extraterritorial Injustificada de Estados Extranjeros

El largo brazo de la ley china tiene tantos miles de kilómetros que resulta imposible de medir. El Decreto N° 835 -“Reglamento de la República Popular China sobre la Lucha contra la Jurisdicción Extraterritorial Injustificada de Estados Extranjeros”- es un ejemplo de este nuevo paradigma legal que impone el régimen comandado por Xi Jinping para ciudadanos, empresas e instituciones chinas radicadas en el extranjero.

Pero el Decreto N° 835 no busca (únicamente) perseguir la conciencia de sus ciudadanos radicados en el extranjero, sino obligarlas a dirimir un dilema legal que hasta ahora no contemplaban: cumplir las leyes de los países donde son residentes o circunscribirse a las normas del régimen de Beijing. Este intríngulis procesal coloca a una empresa, una institución o un simple inmigrante chino en una situación en la que se verá atrapado entre dos obligaciones legales incompatibles.

 

En su Artículo 6, el decreto establece:

El departamento competente en materia de Estado de derecho del Consejo de Estado, conjuntamente con otros organismos competentes, llevará a cabo la identificación de las medidas de jurisdicción extraterritorial injustificada adoptadas por Estados extranjeros y podrá realizar investigaciones y consultas con las partes extranjeras, entre otras actuaciones. Las organizaciones y personas podrán proponer al citado departamento el inicio del procedimiento de identificación.

Si la medida infringe el derecho internacional y los principios fundamentales de las relaciones internacionales;

Si existe una conexión apropiada entre el acto sometido a jurisdicción extraterritorial y el Estado extranjero que pretende ejercerla;

Si la medida perjudica la soberanía, la seguridad o los intereses de desarrollo de China, o lesiona los derechos e intereses legítimos de ciudadanos u organizaciones chinas;

Cuando, tras el procedimiento de identificación, se determine que una medida constituye una medida de jurisdicción extraterritorial injustificada de un Estado extranjero, el departamento competente del Consejo de Estado podrá anunciar oficialmente dicha determinación. Ninguna organización ni persona podrá ejecutar ni colaborar en la ejecución de tales medidas.

Cuando, por circunstancias especiales, un ciudadano u organización chinos necesiten ejecutar o colaborar en la ejecución de dichas medidas, deberán solicitar autorización al departamento competente del Consejo de Estado, exponiendo los hechos, los fundamentos y el alcance de la actuación requerida. Una vez aprobada conforme al procedimiento de decisión del Mecanismo de Trabajo, podrán ejecutarlas únicamente dentro del ámbito expresamente autorizado».

El texto es claro. Intimidante. Cuando el régimen considere que un estado extranjero -ya sea mediante una sanción, control o restricción- pretenda ejercer su jurisdicción, ningún ciudadano podrá cumplir o colaborar en su ejecución, salvo que Beijing -mediante el Consejo de Estado– lo autorice.

Pero el Decreto N° 835 es aún más ambiguo, lo que lo convierte en más riesgoso para sus emigrantes y empresas en el extranjero. El Artículo 4 afirma que el régimen podrá ejercer “jurisdicción extraterritorial” cuando exista una “conexión apropiada” con China. El problema es que ese concepto no está definido y puede abarcar indistintamente a: ciudadanos chinos, empresas, filiales, financieras, tecnología, datos. La vaguedad de su texto es lo que hace temeraria y discrecional a la ley.

Otro punto intimidante es el que se desprende de los Artículos 12 y 13. En ellos se obliga a las compañías a cooperar con las investigaciones y obedecer las órdenes administrativas. La negativa de esta “colaboración” podría derivar en sanciones. En ninguna línea del texto se enumeran garantías procesales comparables a las que suelen exigirse en sistemas donde un poder judicial independiente revisa plenamente la actuación de la administración.

Además de la persecución de sus ciudadanos, la ley podría derivar en conflictos bilaterales. La intromisión del régimen chino en cuestiones administrativas locales generarían tensión entre los países involucrados que verían cómo Beijing intenta influir en decisiones tomadas fuera de su territorio. Esta presión podría extenderse, además, a otras represalias del estado comandado por Xi Jinping contra los países que quieran cumplir sus leyes.

Esto fue lo que ocurrió en Panamá, tras el fallo de la Corte Suprema de Justicia que declaró inconstitucional el contrato de concesión portuaria otorgado a Panama Ports Company (filial de la empresa china CK Hutchison) para operar los puertos de Balboa Cristóbal en el Canal, calificando el acuerdo de “leonino” y lesivo para los intereses del país, lo que se tradujo en un conflicto bilateral y una presión monumental de Beijing sobre la nación centroamericana. El régimen comenzó una serie de contramedidas comerciales absurdas contra empresas panameñas y exigió al gobierno de José Raúl Mulino a desatender la decisión del máximo tribunal judicial del país.

A la Corte panameña no le tembló el pulso y respondió con altura republicalos ataques desde China: “Siempre va a haber alguien a quien le guste el fallo y va a haber gente a la que no le guste, pero la garantía de los ciudadanos es que la Corte no se deje influenciar por esas opiniones o esos deseos, sino que falle correctamente luego de un análisis muy profundo que la lleve a una conclusión“, dijo la presidenta del máximo tribunal María Cristina Chen Stanziola.

El Decreto N° 835 no sólo apunta a mantener sobre sus márgenes legales a las empresas chinas, sino también actúa como una advertencia para aquellas naciones que hacen negocios con China. Delicias de una autocracia imperial.

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