La Ley Nacional 27.801 comenzará a regir el próximo 5 de septiembre y establece un nuevo sistema penal para adolescentes de entre 14 y 17 años. El cambio principal es que la edad mínima de responsabilidad penal baja de 16 a 14 años. En San Luis, los últimos datos oficiales de la Corte Suprema registraron 152 menores de 18 años con ingreso a la Justicia provincial por causas penales durante 2024.
A partir del 5 de septiembre de 2026, Argentina tendrá un nuevo Régimen Penal Juvenil. La Ley 27.801 reemplazará al sistema de la Ley 22.278, vigente desde 1980, y establecerá reglas específicas para adolescentes que tengan entre 14 y 17 años al momento de un hecho investigado como delito. La norma fue publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo y dispuso su entrada en vigencia 180 días después.
El cambio que tendrá mayor impacto es la edad mínima de responsabilidad penal. Hasta ahora, la Ley 22.278 establecía que una persona menor de 16 años no era punible. Con el nuevo régimen, la legislación penal juvenil comenzará a alcanzar a los adolescentes desde los 14 años.
Esto no significa que un adolescente de 14 o 15 años acusado de un delito vaya automáticamente a prisión. La nueva legislación contempla diferentes respuestas judiciales y establece que las medidas deben tener como finalidad la educación, resocialización e integración social del adolescente, además de determinar su responsabilidad por el hecho cometido.
Entre las sanciones previstas aparecen la amonestación, prohibición de acercamiento a la víctima, restricciones para concurrir a determinados lugares o espectáculos, prohibición de salir del país, servicios comunitarios, monitoreo electrónico, reparación del daño y penas privativas de la libertad.
La prisión no será la única respuesta
Para delitos cuya pena prevista sea de hasta tres años de prisión, y cuando se cumplan las demás condiciones establecidas por el Código Penal, la ley dispone que la prisión deberá ser reemplazada por alguna de las medidas alternativas contempladas en el nuevo régimen.
También se habilitan mecanismos como la mediación penal juvenil para determinados delitos con penas máximas de hasta seis años. Para que pueda realizarse una mediación será necesario, entre otros requisitos, el consentimiento de la víctima.
Otra herramienta será la suspensión del proceso a prueba cuando el delito reúna las condiciones establecidas por la ley. En esos casos, el adolescente deberá ofrecer reparar el daño en la medida de sus posibilidades y cumplir las obligaciones que determine la Justicia.
Cuando corresponda una pena privativa de libertad, podrá cumplirse en el domicilio, en un instituto abierto o en un instituto especializado para adolescentes. La legislación prohíbe que los menores sean alojados junto con adultos.
No habrá prisión perpetua para adolescentes
La nueva ley establece expresamente que a los adolescentes no se les podrá imponer prisión ni reclusión perpetua. El máximo de una pena privativa de libertad será de 15 años, incluso cuando exista una combinación de varios delitos que para un adulto pueda representar una condena mayor.
El régimen también exige que jueces, fiscales, defensores y personal encargado de los institutos tengan capacitación especializada en justicia penal juvenil. Además, los procesos deberán mantener reservada la identidad de los menores involucrados.
Qué pasa en San Luis
Los datos oficiales más recientes permiten dimensionar el impacto que podría tener el cambio en la provincia. Según el Mapa de Niños, Niñas y Adolescentes con Intervención Penal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, durante 2024 hubo 152 menores de 18 años que ingresaron a la Justicia de San Luis por causas penales, vinculados a un total de 165 expedientes. Los datos fueron informados por el propio Poder Judicial provincial.
Dentro de ese universo, el 11,2% tenía 14 años y el 15,8% tenía 15 años. Los adolescentes de 16 años representaron el 25% y los de 17 años, el 34,9%. Esto significa que una parte de los jóvenes que bajo el régimen anterior estaban por debajo de la edad mínima de punibilidad quedará comprendida desde septiembre por la nueva legislación.
San Luis ya cuenta con una estructura judicial especializada. La organización oficial del Poder Judicial contempla un Juzgado Penal Juvenil y Contravencional en la Primera Circunscripción Judicial, con asiento en San Luis, y otro en la Segunda Circunscripción, con asiento en Villa Mercedes. En la Tercera Circunscripción también existen juzgados con competencia en Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia y Penal Juvenil.
Sin embargo, la Ley 27.801 establece que las provincias deberán trabajar sobre sus normas y estructuras locales: específicamente, invita a las jurisdicciones a adecuar su legislación procesal penal y las normas administrativas aplicables a adolescentes de entre 14 y 17 años a los principios y garantías del nuevo régimen.
Desde el 5 de septiembre, entonces, el cambio será importante también para San Luis y Villa Mercedes: adolescentes de 14 y 15 años pasarán a estar comprendidos por un sistema de responsabilidad penal que hasta ahora comenzaba, con las condiciones previstas por la legislación anterior, a partir de los 16 años. Al mismo tiempo, la nueva norma fija límites a las penas, alternativas al encierro y obligaciones específicas de educación, seguimiento y reinserción social.
Redacción InfoVidaSanLuis
