Laura De Marinis tomó la decisión en una causa por tentativa de robo. La magistrada cuestionó, para este caso concreto, la aplicación de la nueva normativa que establece responsabilidad penal desde los 14 años y sostuvo que el ingreso de adolescentes al sistema penal debe ser el último recurso.
Una jueza de la Ciudad de Buenos Aires declaró inconstitucional la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en una causa particular y sobreseyó a un adolescente de 14 años acusado de participar de una tentativa de robo. La decisión fue tomada por Laura De Marinis, titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N°3.
El pronunciamiento se conoció este 21 de septiembre de 2026 y se produce pocas semanas después de la reglamentación de la Ley 27.801, que estableció un nuevo sistema de responsabilidad penal especializado para adolescentes desde los 14 años y hasta antes de cumplir los 18. La normativa fue promulgada en marzo y reglamentada mediante el Decreto 875/2026, publicado el 7 de septiembre.
El hecho que originó la causa
De acuerdo con la reconstrucción incluida en el expediente, un hombre de 47 años denunció que caminaba por la calle cuando observó a cinco jóvenes. Según su declaración, uno de ellos le exigió que entregara sus pertenencias y su teléfono celular. La víctima comenzó a correr y pidió ayuda a un efectivo de la Policía de la Ciudad.
La jueza consideró que la situación podía encuadrarse inicialmente dentro de una tentativa de robo debido a la intimidación ejercida sobre el denunciante. Sin embargo, destacó que el hecho no llegó a consumarse y no hubo sustracción de bienes, ya que el hombre consiguió alejarse y posteriormente intervino personal policial.
Uno de los adolescentes involucrados tenía 14 años, edad a partir de la cual la nueva Ley 27.801 establece responsabilidad penal juvenil. El régimen reemplazó al sistema anterior y prevé un procedimiento diferenciado del correspondiente a personas adultas.
Qué planteó la jueza
En su resolución, De Marinis puso el foco en la respuesta que debe brindar el Estado frente a delitos atribuidos a niños y adolescentes y sostuvo que deben intervenir prioritariamente los organismos destinados a garantizar derechos y asistencia.
La magistrada señaló que la incorporación de un adolescente al sistema penal debe funcionar como “último recurso” y argumentó que, en determinadas situaciones, la reducción de la edad de responsabilidad penal puede entrar en tensión con principios constitucionales y de protección de la niñez.
De Marinis también aclaró que su postura no pretende minimizar las conductas delictivas protagonizadas por adolescentes, sino analizar qué respuesta estatal resulta jurídicamente adecuada frente a menores de edad.
Qué significa el fallo
La resolución se refiere al caso concreto analizado por el juzgado y no implica por sí misma la anulación general de la Ley 27.801 en todo el país. El nuevo Régimen Penal Juvenil continúa vigente y establece oficialmente responsabilidad penal especializada para adolescentes desde los 14 años.
El fallo se suma a los cuestionamientos judiciales que recibió recientemente la implementación de la normativa. En la provincia de Buenos Aires, la jueza Marta Pascual había dispuesto suspender temporalmente su aplicación por problemas relacionados con infraestructura y recursos, pero esa medida fue posteriormente revocada por una Cámara de Apelaciones.
La decisión de De Marinis abre así un nuevo capítulo judicial alrededor del Régimen Penal Juvenil y de uno de sus puntos centrales: la responsabilidad penal desde los 14 años, establecida por la legislación sancionada por el Congreso en febrero de 2026.
Redacción InfoVidaSanLuis
