La Justicia ordenó que Anabela Lucero, Enzo Lucero y Exequiel Scarel permanezcan 60 días en el Servicio Penitenciario Provincial. También amplió las acusaciones contra cinco imputados, mientras la Fiscalía deberá pedir el desafuero del diputado Joaquín Beltrán si pretende avanzar con una medida similar.
La causa Molino Fénix tuvo este lunes 24 de agosto uno de sus avances judiciales más importantes. Después de una audiencia que se extendió durante aproximadamente siete horas, el juez de Garantía N.º 4 de Villa Mercedes, Santiago Ortiz, resolvió dictar prisión preventiva por 60 días para Anabela Lucero, Enzo Lucero y Exequiel Scarel. Los tres deberán cumplir la medida en el Servicio Penitenciario Provincial.
La audiencia también derivó en una ampliación de la formulación de cargos contra Anabela Lucero, Joaquín Beltrán, Enzo Lucero, Exequiel Scarel y Diego Torres. La Justicia hizo lugar a nuevas acusaciones vinculadas con administración fraudulenta y ocultamiento y destrucción de evidencia, dentro de una investigación que analiza presuntas irregularidades ocurridas en la Casa de la Música y el Complejo Molino Fénix de Villa Mercedes.
En relación con la figura de asociación ilícita, el juez admitió la formulación de cargos contra Anabela Lucero y Joaquín Beltrán como presuntos jefes de la organización, mientras que Enzo Lucero, Exequiel Scarel y Diego Torres quedaron imputados como presuntos partícipes necesarios. Estas imputaciones corresponden a la actual etapa del proceso y no representan una condena.
El Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal de Instrucción N.º 3 José Olguín, sostuvo que las presuntas maniobras investigadas habrían ocurrido entre 2020 y 2023 y estimó, para esta instancia de la causa, un supuesto perjuicio cercano a los $900 millones para la Administración Pública. Esa cifra forma parte de la teoría presentada por la Fiscalía y deberá ser demostrada durante el proceso.
Qué investiga la Fiscalía en el Molino Fénix
Según la acusación fiscal, los imputados habrían utilizado las funciones que desempeñaban dentro del Molino Fénix para disponer presuntamente de fondos públicos en beneficio propio o de terceros. Entre los mecanismos mencionados aparecen facturas presuntamente falsas, contrataciones directas y operaciones con empresas radicadas fuera de San Luis que, según la Fiscalía, no estaban registradas como proveedores del Estado provincial.
También se investigaron contrataciones de empresas cuyos productos o servicios, siempre según lo expuesto por el Ministerio Público Fiscal, no tendrían relación con las actividades del complejo cultural. Uno de los datos exhibidos durante la audiencia fue el análisis de 116 cheques, de los cuales la Fiscalía afirmó que solamente cuatro se encontraban correctamente documentados.
Otro de los puntos de la acusación está relacionado con una supuesta división de funciones entre los imputados. Los investigadores sostienen que habría existido un acuerdo mantenido durante varios años para ejecutar distintas maniobras y mencionaron, entre otros hechos, la presunta utilización de servicios y vehículos vinculados al Molino Fénix para la campaña electoral de Anabela Lucero y la existencia de una supuesta red de pagos.
Dentro de esa línea también aparece lo ocurrido el 9 de diciembre de 2023, cuando, según la hipótesis del Ministerio Público Fiscal, se habría concretado un presunto vaciamiento de la Casa de la Música. Las defensas rechazaron estas acusaciones y cuestionaron tanto la interpretación de los hechos como parte de las pruebas presentadas por la Fiscalía.
La investigación por presunta destrucción de pruebas
La ampliación de cargos incorporó además una acusación vinculada con el ocultamiento y destrucción de evidencia. La Fiscalía sostiene que, durante 2023 y ante la proximidad del cambio de gobierno provincial, se habrían retirado o eliminado elementos que podían tener interés para una futura investigación judicial.
Uno de los episodios mencionados durante la audiencia fue la supuesta destrucción de registros contables en un horno de barro. También se atribuyó a Joaquín Beltrán y Anabela Lucero el presunto borrado de información digital contenida en teléfonos celulares. Estas circunstancias integran la acusación fiscal y todavía deberán ser evaluadas mediante las correspondientes pericias y el debate judicial.
Precisamente, una de las razones consideradas por el juez Ortiz para imponer la prisión preventiva fue que todavía existen pruebas pendientes, entre ellas pericias contables e informáticas y nuevas entrevistas destinadas a establecer si hubo participación de otras personas en los hechos investigados.
La prisión preventiva no significa que los acusados hayan sido declarados culpables. El Código Procesal Penal de San Luis establece que esta medida es excepcional y puede utilizarse cuando otras medidas de coerción resultan insuficientes para garantizar el desarrollo del procedimiento. Por lo tanto, Lucero, Enzo Lucero y Scarel mantienen su estado de inocencia hasta que exista una sentencia firme.
Qué pasa con Joaquín Beltrán y sus fueros
La situación de Joaquín Beltrán es diferente porque actualmente ocupa una banca como diputado provincial y posee fueros parlamentarios. La Fiscalía pidió que también se le aplique prisión preventiva, pero el juez explicó que no puede resolver esa medida mientras el legislador mantenga esa protección institucional.
Por ese motivo, el Ministerio Público Fiscal deberá enviar un oficio a la Cámara de Diputados de San Luis para iniciar el procedimiento correspondiente. Recién si el trámite de desafuero avanza, la Justicia podrá analizar posteriormente el pedido de prisión preventiva formulado contra Beltrán.
Durante la audiencia, el legislador rechazó las acusaciones y habló sobre auditorías, facturas, cheques y procedimientos administrativos. Según lo informado sobre su declaración, sostuvo que no advierte el perjuicio ni las irregularidades en las contrataciones que plantea la Fiscalía.
Anabela Lucero, por su parte, aseguró ante el tribunal que considera que se encuentra frente a una “causa política” y habló de una persecución en su contra. Su abogado también cuestionó la incorporación de evidencia y sostuvo que la Fiscalía no habría determinado con suficiente precisión los roles atribuidos a cada persona dentro de la presunta asociación ilícita.
Por qué Diego Torres no quedó detenido
En el caso de Diego Torres, la Fiscalía decidió no solicitar prisión preventiva. El fiscal Olguín explicó que el imputado se mantuvo a derecho durante la investigación y destacó que fue quien se presentó espontáneamente ante la Justicia. Por esa razón consideró que actualmente no existe en su caso el mismo peligro procesal que atribuyó a los demás acusados.
Las defensas de los distintos imputados solicitaron alternativas menos gravosas que la cárcel preventiva y rechazaron las nuevas acusaciones. También cuestionaron diferentes elementos de la causa, entre ellos el tratamiento de teléfonos celulares secuestrados y aspectos relacionados con la cadena de custodia de las pruebas.
Una vez conocida la decisión judicial, las defensas de Anabela Lucero, Enzo Lucero y Exequiel Scarel presentaron recursos de revisión contra las prisiones preventivas. La propia Fiscalía también cuestionó la resolución, aunque en su caso lo hizo respecto del plazo de 60 días fijado por el magistrado.
La causa Molino Fénix continuará ahora con nuevas pericias contables e informáticas, análisis de dispositivos electrónicos y otras medidas destinadas a reconstruir el circuito del dinero y determinar eventuales responsabilidades. La resolución de este lunes marca un cambio importante en una investigación de fuerte impacto político y judicial en Villa Mercedes y toda la provincia de San Luis, pero el proceso todavía continúa y será la Justicia la que deberá determinar finalmente si los hechos denunciados pueden ser probados.
Redacción InfoVidaSanLuis
