La iniciativa busca acelerar los desalojos por falta de pago y ocupaciones ilegales, pero todavía no fue aprobada. Qué cambiaría para propietarios e inquilinos si finalmente se convierte en ley.
El denominado «desalojo exprés» forma parte del proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, impulsado por el Poder Ejecutivo Nacional. La propuesta plantea una reforma de distintos aspectos vinculados al derecho de propiedad, entre ellos la posibilidad de acelerar los procesos judiciales para recuperar inmuebles, modificar el régimen de tierras rurales y eliminar determinadas suspensiones vinculadas a desalojos en barrios populares. Su tratamiento en el Senado fue postergado para el 6 de agosto de 2026, con el objetivo de alcanzar un mayor consenso político antes de la votación.
El eje principal del proyecto es reducir los tiempos que actualmente demanda un juicio de desalojo. Según sus impulsores, en muchos casos los propietarios deben esperar meses o incluso años para recuperar una vivienda cuando existe un contrato vencido, falta de pago del alquiler o una ocupación ilegal. La iniciativa propone reemplazar los procedimientos ordinarios por un juicio sumarísimo, que permitiría obtener una resolución judicial en plazos considerablemente menores.
En los casos de alquileres, el proyecto establece que el propietario deberá intimar fehacientemente al inquilino para que regularice la deuda dentro del plazo previsto por la ley. Si el incumplimiento persiste, podrá iniciar el proceso judicial de desalojo. También incorpora la utilización de domicilios electrónicos para las notificaciones, con el objetivo de evitar demoras administrativas y hacer más ágil el trámite judicial.
Otro de los puntos relevantes contempla un procedimiento más rápido para las ocupaciones ilegales o usurpaciones. La iniciativa prevé que, cuando se acrediten los requisitos legales, el juez pueda disponer la restitución anticipada del inmueble antes de la sentencia definitiva. No obstante, en todos los casos sigue siendo indispensable la intervención de la Justicia, ya que ningún propietario podrá desalojar por cuenta propia ni realizar cambios de cerraduras o expulsiones sin una orden judicial.
Además del capítulo referido a los desalojos, el proyecto incorpora modificaciones sobre la propiedad de tierras rurales, con el objetivo de actualizar el régimen vigente y simplificar determinados procedimientos administrativos. También propone dejar sin efecto algunas normas excepcionales que suspendían desalojos en determinados barrios populares, un punto que ha generado fuertes diferencias entre oficialismo y oposición.
El proyecto abrió un intenso debate en todo el país. Mientras asociaciones de propietarios sostienen que la reforma brindará mayor seguridad jurídica, fomentará las inversiones y alentará la oferta de viviendas en alquiler, organizaciones de inquilinos y sectores sociales consideran que cualquier cambio debe garantizar el debido proceso y proteger a las familias que atraviesan dificultades económicas, evitando situaciones de vulnerabilidad habitacional.
En San Luis y Villa Mercedes, donde el mercado inmobiliario continúa creciendo y cada vez más familias recurren al alquiler como alternativa de vivienda, la iniciativa también despierta interés. Propietarios, inmobiliarias e inquilinos siguen de cerca el tratamiento legislativo, ya que una eventual aprobación podría modificar la forma en que se resuelven los conflictos por incumplimientos contractuales y ocupaciones ilegales.
Por el momento, es importante remarcar que el desalojo exprés aún no es ley. La propuesta continúa en debate parlamentario y deberá obtener la aprobación del Congreso para entrar en vigencia. Hasta entonces, los desalojos continúan rigiéndose por la legislación actual, manteniendo los procedimientos judiciales establecidos en el Código Procesal y las normas vigentes.
Redacción InfoVidaSanLuis
