Marta Elba Pascual defendió su decisión de suspender temporalmente la aplicación del nuevo régimen en la provincia de Buenos Aires. La magistrada aseguró que el problema no es la baja de la edad de imputabilidad, sino la falta de infraestructura y recursos para aplicar la ley.
La jueza Marta Elba Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, defendió públicamente la resolución que suspendió por 60 días la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires. En declaraciones al programa WiFi de A24, rechazó que su decisión tenga una motivación partidaria y afirmó: “Nunca fui, ni seré ‘kuka’; soy garantista”.
Pascual explicó que su resolución está vinculada principalmente con las condiciones materiales para implementar la nueva normativa. Según sostuvo, la provincia no contaría actualmente con la infraestructura, los lugares de alojamiento ni los recursos humanos suficientes para recibir a un eventual mayor número de adolescentes alcanzados por el sistema penal. La jueza también aclaró que no se opone por sí misma a que la edad de imputabilidad haya sido reducida, aunque cuestionó que se considere que esa modificación vaya a producir automáticamente una mejora en materia de seguridad.
El nuevo régimen fue creado mediante la Ley Nacional 27.801, sancionada por el Congreso el 27 de febrero de 2026 y publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo. La norma establece un sistema penal para adolescentes desde los 14 años y hasta antes de cumplir los 18, y reemplaza al anterior régimen de la Ley 22.278. La propia ley dispuso que entraría en vigencia 180 días después de su publicación.
El Gobierno nacional reglamentó la Ley 27.801 mediante el Decreto 875/2026, publicado este lunes 7 de septiembre. El decreto designó al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación y creó mecanismos de coordinación con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para poner en funcionamiento el nuevo sistema.
Durante sus declaraciones, Pascual insistió en que su postura se basa en criterios jurídicos y en las condiciones concretas de funcionamiento del sistema. La magistrada también expresó reparos respecto del encierro de menores y señaló que la política penal juvenil debe contemplar educación, resocialización e integración social, objetivos que también están expresamente previstos en la nueva ley nacional.
Qué pasa en San Luis
Para los lectores de San Luis y Villa Mercedes, es importante aclarar que la decisión de Pascual corresponde a la provincia de Buenos Aires. La Ley 27.801 es una norma nacional y establece que las provincias deben adecuar sus procedimientos y estructuras para su implementación. Por lo tanto, la suspensión dispuesta en territorio bonaerense no implica una suspensión automática del régimen en San Luis.
El debate continúa abierto tanto en el ámbito judicial como político, especialmente por la disponibilidad de recursos, la infraestructura necesaria y la forma en que cada jurisdicción deberá adaptar su sistema penal juvenil a la nueva legislación.
Redacción InfoVidaSanLuis
