El Gobierno modificó la forma de calcular una parte de la tarifa del gas. Las diferencias entre el costo real del suministro y el valor estimado se incorporarán de manera bimestral para evitar correcciones acumuladas más fuertes.
El Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE) oficializó un nuevo mecanismo para calcular las Diferencias Diarias Acumuladas, conocidas como DDA, que forman parte de la tarifa del servicio de gas natural. La medida comenzará a aplicarse con los cuadros tarifarios correspondientes a agosto de 2026.
La decisión quedó establecida mediante la Resolución 331/2026, firmada el 28 de julio y publicada en el Boletín Oficial el 30 de julio. La norma alcanza a las empresas distribuidoras de gas natural y a Redengas Sociedad Anónima.
El cambio no significa necesariamente que todas las facturas vayan a aumentar automáticamente cada dos meses. Lo que se modifica es la frecuencia con la que se calculan y trasladan las diferencias entre el precio real pagado por el gas y el valor que había sido estimado previamente dentro de las tarifas.
Hasta ahora, ese cálculo se realizaba bajo un esquema estacional, es decir, tomando períodos más extensos. Desde agosto, las diferencias acumuladas serán determinadas e incorporadas, con resultado positivo o negativo según corresponda, cada dos meses.
Qué son las Diferencias Diarias Acumuladas
Las Diferencias Diarias Acumuladas reflejan la diferencia entre el costo efectivo del gas adquirido por las distribuidoras y el precio promedio que fue incluido previamente en las facturas de los usuarios. También se consideran los volúmenes realmente comprados y la demanda que había sido calculada para el período.
Cuando el costo real resulta superior al estimado, la diferencia puede trasladarse posteriormente a las tarifas. En cambio, si el valor pagado fue menor al previsto, el resultado debe incorporarse con signo negativo, lo que puede compensar parte de los cargos futuros.
La normativa establece que las variaciones en el precio de adquisición del gas deben trasladarse a las facturas de manera que no generen ganancias ni pérdidas para las empresas distribuidoras. Además, el sistema tarifario debe procurar el mínimo costo posible para los consumidores, sin afectar la seguridad del abastecimiento.
Con el nuevo mecanismo, el Gobierno busca que esas correcciones se realicen en períodos más cortos. La intención oficial es ofrecer mayor gradualidad y previsibilidad, evitando que las diferencias se acumulen durante varios meses y luego provoquen ajustes más importantes.
Cómo puede verse reflejado en las boletas
Para los usuarios de San Luis y Villa Mercedes, la modificación podrá verse reflejada en las facturas emitidas bajo los nuevos cuadros tarifarios. Sin embargo, el impacto final dependerá del costo real del gas, del consumo de cada hogar, de la categoría tarifaria y de los subsidios que correspondan.
Por esa razón, no existe un porcentaje único de incremento fijado por esta resolución. La norma únicamente cambia la periodicidad del cálculo de las DDA y no establece por sí sola una suba determinada para todos los usuarios.
Las facturas de gas están compuestas por distintos conceptos: el precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte, la tarifa de transporte, la distribución, los impuestos y otros cargos. Las DDA representan solamente una parte de ese cálculo general.
El efecto también puede variar de acuerdo con la época del año. Durante los meses de invierno, el consumo suele ser mayor por el uso de calefactores, cocinas y calefones, por lo que cualquier modificación tarifaria puede tener una incidencia más visible en el monto final.
El esquema regirá durante la emergencia energética
La aplicación bimestral de las DDA permanecerá vigente mientras continúe la emergencia energética nacional, prorrogada oficialmente hasta el 31 de diciembre de 2027.
Para implementar el nuevo sistema, el ENReGE suspendió transitoriamente el procedimiento anterior aprobado en 2025. No obstante, el organismo deberá mantener los criterios y lineamientos esenciales que regulaban el cálculo de estas diferencias.
Las distribuidoras deberán llevar un registro separado de los valores pagados por el gas, los volúmenes adquiridos y las diferencias respecto de los montos incluidos en las tarifas. Esa información será utilizada para determinar las correcciones que correspondan en cada período.
Los usuarios deberán observar en las próximas facturas cómo se aplica el nuevo mecanismo. La recomendación es revisar el consumo registrado, la categoría tarifaria, la existencia de subsidios y la comparación con boletas anteriores antes de atribuir cualquier diferencia únicamente al cambio dispuesto por la Resolución 331/2026.
Redacción InfoVidaSanLuis
