La Corte Suprema frenó la derogación de la Ley de Tierras y volvió a limitar la compra de campos por extranjeros

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El máximo tribunal suspendió provisoriamente un artículo del DNU 70/2023 impulsado por el Gobierno de Javier Milei. La decisión restablece las restricciones para la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros y seguirá vigente hasta que la Justicia Federal de Bariloche analice el reclamo ambiental.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó este viernes 9 de octubre una medida cautelar que vuelve a poner en vigencia, de manera provisoria, las restricciones establecidas por la Ley de Tierras Rurales para la compra de campos argentinos por parte de ciudadanos y empresas extranjeras.

La resolución suspende los efectos del artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, firmado por el presidente Javier Milei, que había dispuesto la derogación de la Ley 26.737.

Con esta decisión, vuelven a aplicarse los límites legales a la propiedad extranjera de tierras rurales mientras continúa el proceso judicial.

El fallo se produjo a partir de una presentación realizada por la Asociación Civil Árbol de Pie y otros demandantes, quienes cuestionaron la eliminación de las restricciones por considerar que podría afectar la protección del ambiente y los recursos naturales.

Qué decidió la Corte Suprema

El máximo tribunal resolvió suspender temporalmente la aplicación del artículo 154 del DNU 70/2023.

La decisión fue respaldada por los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto con los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci.

El magistrado Carlos Rosenkrantz votó en disidencia, al considerar que la Corte no tenía competencia para dictar una medida cautelar en este expediente.

La resolución establece que la suspensión se mantendrá hasta que el Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche se pronuncie sobre la legitimación de los demandantes y examine el pedido de protección presentado.

Esto significa que la Corte no declaró inconstitucional el decreto de Milei ni resolvió definitivamente el conflicto, sino que adoptó una medida preventiva.

Qué establece la Ley de Tierras y cuáles son las restricciones

La Ley 26.737 fue sancionada en 2011 con el objetivo de regular la propiedad de tierras rurales en manos de personas y empresas extranjeras.

Entre sus principales disposiciones se encuentran:

  • Límite del 15%: la propiedad extranjera no puede superar ese porcentaje de las tierras rurales del territorio nacional, provincial o municipal, según corresponda.

  • Restricciones por nacionalidad: las personas o empresas de una misma nacionalidad no pueden concentrar más del 30% del porcentaje autorizado para extranjeros.

  • Extensión máxima: se establece un límite equivalente a 1.000 hectáreas en la zona núcleo agrícola, con equivalencias según la región.

  • Protección de recursos hídricos: existen restricciones para adquirir inmuebles que contengan o sean ribereños de cuerpos de agua de envergadura y permanentes.

  • Control de operaciones: las adquisiciones deben cumplir los requisitos legales y administrativos correspondientes.

Estas limitaciones vuelven a tener aplicación mientras permanezca vigente la medida judicial.

Por qué la Justicia frenó la derogación

El conflicto comenzó a fines de diciembre de 2023, cuando la Asociación Civil Árbol de Pie y otros particulares presentaron una acción judicial contra el artículo del decreto que eliminaba la Ley de Tierras.

Los demandantes sostuvieron que la derogación podía comprometer el derecho constitucional a un ambiente sano, además de afectar la conservación de los recursos naturales y la diversidad biológica.

En su planteo argumentaron que permitir una mayor adquisición de tierras rurales sin las restricciones anteriores podía generar consecuencias ambientales que debían ser evaluadas por la Justicia.

La Corte consideró necesario adoptar una medida provisoria para garantizar la protección judicial y evitar la posibilidad de daños irreparables mientras se resuelve el expediente.

Qué había pasado con el anterior reclamo judicial

La nueva resolución llega después de otra decisión del máximo tribunal relacionada con la misma normativa.

El pasado 29 de septiembre, la Corte había rechazado una acción presentada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata.

En aquel expediente, los jueces consideraron que la organización no había acreditado la legitimación necesaria para impulsar el reclamo colectivo basado en la defensa de la soberanía nacional.

Sin embargo, en el caso de Árbol de Pie, el planteo está relacionado con la protección del ambiente, un derecho colectivo reconocido por la Constitución Nacional.

Esa diferencia llevó al tribunal a analizar la situación desde otra perspectiva y disponer una suspensión temporal.

Cómo puede impactar la decisión en San Luis

La resolución tiene alcance nacional y, por lo tanto, también resulta relevante para la provincia de San Luis, donde la actividad agropecuaria y la propiedad de campos representan una parte importante de la economía.

Mientras se mantenga vigente la cautelar, las operaciones de adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros deberán ajustarse nuevamente a las restricciones establecidas por la Ley 26.737.

Esto alcanza a los inmuebles rurales ubicados en cualquier punto del territorio provincial, incluidos los departamentos con mayor actividad agrícola y ganadera.

La medida no implica que los ciudadanos extranjeros tengan prohibido comprar campos en Argentina, sino que deben respetar los límites y las condiciones previstos en la legislación.

Tampoco significa que las propiedades adquiridas legalmente con anterioridad deban ser devueltas.

Qué pasará ahora con la Ley de Tierras

El expediente continuará su trámite ante el Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche.

Allí deberá analizarse si los demandantes tienen legitimación para impulsar la acción y si corresponde mantener la protección cautelar solicitada.

Posteriormente, el proceso judicial podrá avanzar sobre la cuestión de fondo: determinar si la derogación de la Ley de Tierras mediante el DNU 70/2023 resulta compatible con la Constitución Nacional.

Mientras tanto, las restricciones a la compra de tierras rurales por extranjeros vuelven a regir en todo el país, en una decisión judicial que reabre el debate sobre la propiedad de los campos argentinos, la protección ambiental y los alcances de las reformas impulsadas por el Gobierno nacional.

Redacción InfoVidaSanLuis

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